Art. 1°: Solicitar un informe al E.M. sobre generación, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos patogénicos, teniendo en cuenta los siguientes puntos:
a) Registro en la Administración municipal de los generadores de residuos patogénicos.
b) Cómo son recolectados y transportados los resíduos patogénicos de los establecimientos generadores, y si es realizado este servicio por la Municipalidad o por privados.
d) Si el Municipio ha aprobado un predio destinado para el tratamiento de Residuos patogénicos y en caso afirmativo ubicación del mismo.
e) Si se ha determinado el predios destinado al uso del relleno sanitario post-tratamiento y en caso afirmativo la ubicación del mismo.
f) Si se ha coordinado actividades con el Ministerios de Salud de la Provincia del Chaco con respecto a los residuos patogénicos.
Art.2°: De forma.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario